¿Qué es Econovida?
Econovida, es un seguro con coberturas múltiples de vida, otorgando de ésta manera mayor cantidad de beneficios a los asegurados.
Por ser un seguro corporativo, esta diseñado para grupos a partir de 10 personas, siendo de costo reducido, y haciéndolo el más competitivo del mercado en costos y beneficios.
El grupo que se asegure tiene que tener una composición de edades que en promedio no superen los 55 años de edad.
¿Quiénes pueden asegurarse?
Personas mayores de 18 años y menores de 65 , vinculadas de alguna forma, por centro de trabajo, centro de estudios, organizaciones sociales o deportivas, organizaciones gremiales etc.
¿Cómo se paga?
Este seguro puede ser pagado en forma anual, trimestral, semestral ó mensual, pero para éste efecto sólo se aceptará el pago a través de la empresa, o institución que agrupe a los asegurados, ya sea que lo haga la empresa directamente, ó mediante el sistema de descuento por planilla, para el caso de descuento por planilla deberán haberse firmado los acuerdos de descuentos con la empresa o institución, y cada uno de los asegurados firmará una solicitud solicitando los descuentos respectivos.
¿Cómo me puedo asegurar?
Solo se tiene que llenar la solicitud confeccionada para éste efecto, con la que se hará el trámite respectivo, tanto con el área de emisión, como con la empresa o institución, para que se realicen los descuentos respectivos.
Es importante que los asegurados llenen la Declaración de salud contenida en la solicitud de puño y letra, y la firmen en señal de que la declaración realizada es verdadera, y teniendo en cuenta que la misma formará parte de la póliza.
¿Cuándo empieza la cobertura del seguro?
El seguro empezará a regir el día 1 del mes siguiente de descontada la prima , por planilla en el caso que el empleador haya autorizado dicho descuento.
¿Existirán comprobantes de pago?
La empresa o institución vínculante recibirá todos los meses un comprobante de pagos por las primas que haya abonado. Con una relación de las personas a las que corresponde el pago de dicha prima.
¿Qué documento acreditará que me encuentro asegurado?
El asegurado recibirá a través de la empresa o institución vínculante, un certificado de seguro, que detallará los montos de coberturas contratados, y los beneficiarios designados por el asegurado, llevando inserta además las condiciones principales del seguro.
¿Cuáles son las exclusiones?
En los seguros que cubran el riesgo de fallecimiento, no serán indemnizables los siniestros causados por:
Enfermedades preexistentes, entendiéndose como tales, enfermedad, lesión, condición o síntoma, congénita o no, por las cuales el asegurado tuvo advertencia médica o consultó a un médico.
Recibió tratamiento médico, servicios o suministros, se ha hecho o le recomendaron exámenes para diagnóstico.
Tomó drogas o medicinas recetadas o recomendadas.
Tuvo la presencia de síntomas los cuales normalmente causarían a una persona prudente a visitar a un médico.
Suicidio, consciente o inconsciente, estando o no el asegurado, en su sano juicio, dentro de los (2) dos primeros años de vigencia del seguro o de cualquier rehabilitación.
Guerra, invasión, actos de enemigos extranjeros, hostilidades u operaciones bélicas sea que haya habido o no declaración de guerra, guerra civil, insurrección, sublevación, rebelión, sedición, motín o conmoción contra el orden público dentro o fuera del país, así como cuando el asegurado participe activamente en actos delictivos, subversivos o terroristas.
Viaje o vuelo en vehiculo aéreo de cualquier clase, excepto como pasajero en uno operado por una empresa de transporte aéreo comercial, sobre una ruta establecida oficialmente para el transporte de pasajeros sujeto a itinerario.
Participación del asegurado como conductor o acompañante en carreras de automóviles, motocicletas, lanchas a motor o avionetas o en carreras de entrenamiento.
Acto delictuoso cometido, en calidad de autor o cómplice, por un beneficiario o quien pudiere reclamar la indemnización.
Fisión o fusión nuclear o contaminación radioactiva.
¿Cuáles son las coberturas que me otorga el Econovida?
Las coberturas otorgadas por el seguro son las siguientes:
| COBERTURAS - NUEVOS SOLES - ORO |
| |
PLAN A |
PLAN B |
PLAN C |
PLAN D |
PLAN E |
PLAN F |
| Muerte Natural |
5,000 |
10,000 |
20,000 |
30,000 |
40,000 |
50,000 |
| Muerte Accidental |
10,000 |
20,000 |
40,000 |
60,000 |
80,000 |
100,000 |
| Muerte por Accidente de Circulación |
15,000 |
30,000 |
60,000 |
90,000 |
120,000 |
150,000 |
| Invalidez permanente accidental |
5,000 |
10,000 |
20,000 |
30,000 |
40,000 |
50,000 |
| Gastos de Sepelio |
5,000 |
5,000 |
5,000 |
5,000 |
5,000 |
5,000 |
| Renta familiar mensual S/.1,000 por un año |
12,000 |
12,000 |
12,000 |
12,000 |
12,000 |
12,000 |
Adelanto por enfermedades
Graves terminales |
2,500 |
5,000 |
10,000 |
15,000 |
20,000 |
25,000 |
| PRIMA NETA ANUAL |
|
|
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|
|
|
| PRIMA MENSUAL EN SOLES |
15 |
20 |
30 |
45 |
55 |
65 |
CONDICIONES:
Edad de ingreso mínima y máxima: 18 y 65 años.
Edad limite de permanencia: 70 años.
Seguro de grupo.
Pagos para ser mensuales se tienen que hacer por descuento en planilla.
Exclusiones normales de vida.
ALGUNAS DEFINICIONES:
Fallecimiento por muerte natural.- Cuando el asegurado deja de existir por cualquier causa, natural cubierta bajo las condiciones generales de la póliza.
Fallecimiento por muerte accidental.- Cuando el asegurado deja de existir a consecuencia de cualquier tipo de accidente, considerándose como tal, la acción súbita y violenta de una fuerza extraña producida contra la voluntad del Asegurado y causante directa de la muerte del mismo.
Fallecimiento por accidente de circulación.- La acción súbita y violenta de una fuerza extraña producida contra la voluntad del Asegurado y causante de la muerte del asegurado en las siguientes circunstancias:
Como conductor o pasajero de un vehículo terrestre, excluidas las motocicletas o ciclomotores de cilindrada superior a 50 cc.
Como usuario de transportes públicos terrestres, marítimos o aéreos legalmente establecidos.
Como peatón en vía pública o privada al colisionar con cualquier tipo de vehículo.
Esta cobertura solamente podrá ser contratada unida a la garantía complementaria de fallecimiento por accidente
Invalidez total absoluta por accidente.- Así mismo ésta cobertura indemniza al propio asegurado si es que a consecuencia de un accidente, tal y como se define en las líneas anteriores, queda con una invalidez de más del 80%, que le impida realizar cualquier tipo de trabajo.
Renta familiar.- Este beneficio a consecuencia de fallecimiento, otorga una renta mensual de S/. 1,000.00 por el periodo de un año, a los beneficiarios, siendo éste beneficio adicional al del fallecimiento.
Gastos de Sepelio.- Este beneficio otorga la cantidad de S/. 5,000.00 para cubrir los gastos de sepelio, no necesitando la presentación de facturas, siendo también un beneficio adicional a los anteriores.
Adelanto por enfermedades graves terminales.- En caso que el asegurado contraiga un a enfermedad grave y que se encuentre en su etapa terminal, podrá acceder al adelanto del 50% de la indemnización que le corresponda por la cobertura de muerte natural. El estado terminal tiene que ser evaluado y determinado por el médico auditor del asegurador.
Al ser Econovida un seguro de vida multiriesgo, permite que las coberturas actúen en forma independiente ante la ocurrencia de un siniestro.
Así por ejemplo, una persona que falleciera por muerte natural, y que estuviera asegurada con el plan de S/. 10,000 de suma asegurada, cobrarían los beneficiarios lo siguiente:
Muerte natural S/. 10,000.00
Gastos de Sepelio S/. 5,000.00
Renta Mensual Familiar S/. 12,000.00
Total S/. 27,000.00
Con la misma suma asegurada si se tratara de fallecimiento accidental cobrarían los beneficiarios lo siguiente:
Muerte accidental S/. 20,000.00
Gastos de Sepelio S/. 5,000.00
Renta mensual familiar S/. 12,000.00
Total S/. 37,000.00
Y si el fallecimiento se hubiera debido a un accidente de transito el total de la indemnización ascendería a S/. 47,000.00
Condicionado