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Régimen de Jubilación Anticipada

Régimen de Jubilación Anticipada (Ley N° 29426)

Ahora, Ud. podrá cobrar la pensión mensual del dinero que tanto esfuerzo le ha costado reunir en su AFP. A partir de hoy, ven e infórmate con nosotros.

¿Qué es el nuevo Régimen Especial de Jubilación Anticipada (REJA)?

El REJA es el nuevo Régimen Especial de Jubilación Anticipada de naturaleza temporal pues su vigencia caduca el 31 de Diciembre del 2012 y permitirá que los afiliados del Sistema Privado de Pensiones que reúnan los requisitos establecidos de ley, se puedan jubilar antes de los 65 años pudiendo acceder, a través de una pensión vitalicia en soles o dólares, del dinero ahorrado durante todo su periodo de vida laboral.

¿A quién se dirige?

Por ley, está dirigido a:

Afiliados del Sistema Privado de Pensiones (SPP).

Que cuenten con 50 y 55 años cumplidos como mínimo para mujeres y varones respectivamente.

¿Qué condiciones deben cumplir los afiliados al SPP y que desean acogerse al REJA?

Las condiciones que deben cumplir son:

Que se encuentren desempleados durante doce (12) meses o más.

Que la pensión calculada en el SPP resulte igual o mayor al valor de una Remuneración Mínima Vital (RMV).

¿Cuáles son las modalidades de jubilación con La Positiva Vida?

Renta Vitalicia Familiar: Es la modalidad de pensión por la cual se transfiere el fondo de jubilación como prima única a La Positiva Vida, recibiendo los beneficiarios una pensión mensual durante toda la vida, de acuerdo a los porcentajes de ley.

Renta Temporal con Renta Vitalicia Diferida: Esta modalidad combina las modalidades de Retiro
Programado y Renta Vitalicia Familiar, por lo tanto, el fondo de jubilación se divide en dos: una parte permanece en su cuenta individual de capitalización a cargo de la AFP para el pago de mensualidades de la renta temporal (siempre en soles), y la otra constituye la prima única para que La Positiva Vida le otorgue una Renta Vitalicia una vez que concluya la Renta Temporal.

Renta Mixta: Modalidad donde el afiliado contrata, con una parte de su CIC, el pago de una renta mensual a cargo de La Positiva Vida (Renta Vitalicia Familiar en dólares) y con el fondo restante una pensión bajo la modalidad de Retiro Programado. Su pensión total será la suma de los montos
de pensión percibidos en cada modalidad. Es requisito que en el proceso de cotizaciones se obtenga una Renta Vitalicia Familiar en dólares, ajustados a una tasa del 2% anual equivalente, cuando menos, al valor de la pensión mínima que garantiza el Estado a los afiliados del SPP, expresada según el número de pagos mensuales de pensión que exija el afiliado. Esta modalidad es incompatible con otros productos complementarios.

Renta Vitalicia Bimoneda: El afiliado contrata dos rentas vitalicias simultáneas, una en soles ajustados y otra en dólares ajustados, ambas con La Positiva Vida. La pensión total será la suma de los montos percibidos por cada una de las monedas. Esta modalidad es incompatible con otros productos complementarios. Se permite que el afiliado opte por percibir el pago de su pensión en 12 ó 14 mensualidades al año.

Además existen modalidades complementarias como Periodo Garantizado y Renta Vitalicia con Gratificación Semestral.

Beneficios Adicionales de La Positiva Vida:

Te bridamos un conjunto de beneficios adicionales que sólo La Positiva Vida te puede ofrecer de manera exclusiva como Línea Positiva, Convenios de Descuentos en establecimientos afiliados, entre otros.

Canales de Atención:

Lo invitamos a ponerse en contacto con nosotros a través de los siguientes canales:

Atención Telefónica: llamando a Línea Positiva al 211-0-211 desde Lima, o 0800-1-0800 (llamada gratuita desde Provincias).

Atención Vía e-mail: Dirigido a empiezalobueno@lapositivavida.com.pe

Nuestro equipo especializado en Rentas Vitalicias se encuentra a su disposición, y  le podrá facilitar:

Toda la información relevante a través de una asesoría adecuada e idónea  en esta importante decisión.

Estimar la mejor alternativa de pensión mensual del mercado asegurador.

Sede Lima
Dirección Esq. Javier Prado Este y Francisco Masías 370. San Isidro, Lima – Perú
Teléfono. (511) 513 0000 Fax. (511) 513 0516

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